miércoles, 10 de julio de 2013

Tratados de Libre Comercio


¿En estos momentos donde la producción nacional ha caído a su mas minima expresión, le convendría a Venezuela un tratado de Libre Comercio? Beneficio o perjuicio? 

Sabemos que la respuesta del Gobierno será un "NO" rotundo. Pero, si analizamos la situación actual, donde ni siquiera producimos para mantenernos, muchos consideran la opción del neoliberalismo o la apertura economica para los inversionistas extranjeros que cada vez se alejan más de nuestro país. 

Tal vez estoy errado en mi opinión por desconocimiento de tratados latinoamericanos, que, considero no nos dejan por ahora ningun beneficio. Somos importadores hasta de nuestros propios alimentos. Hace mucho dejamos de exportar, solo dependemos del Petroleo, nada más. La producción agrícola y pecuaria va en detrimento. 

¿Como explicar esta revolución socialista?, ¿A donde vamos?

A continuación dejo esta lectura acerca, de los tratados de Libre Comercio.

El Tratado de Libre Comercio de América del Norte entre EEUU, Canadá y México entró en vigor el 1 de enero de 1994, una vez concluidos los procedimientos internos de aprobación. 

El 12 de agosto de 1992, el Secretario de Comercio y Fomento Industrial de México, Jaime Serra; el Ministro de Industria, Ciencia y Tecnología y Comercio Internacional de Canadá, Michael Wilson; y la Representante Comercial de EEUU, Carla Hills, concluyeron las negociaciones del TLC. 

El preámbulo expone los principios y aspiraciones que constituyen el fundamento del Tratado. Los tres países confirman su compromiso de promover el empleo y el crecimiento económico, mediante la expansión del comercio y de las oportunidades de inversión en la zona de libre comercio. También ratifican su convicción de que el TLC permitirá aumentar la competitividad internacional de las empresas mexicanas, canadienses y estadounidenses, con la protección del medio ambiente. En el preámbulo se reitera el compromiso de los tres países del TLC de promover el desarrollo sostenible, proteger, ampliar y hacer efectivos los derechos laborales, así como mejorar las condiciones de trabajo en los tres países. 

Disposiciones iniciales:
Las disposiciones iniciales del TLC establecen formalmente una zona de libre comercio entre México, Canadá y EEUU, de conformidad con el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), el antecesor de la Organización Mundial de Comercio (OMC). Estas disposiciones proveen las reglas y los principios básicos que regirán el funcionamiento del Tratado y los objetivos en que se fundará la interpretación de sus disposiciones. 

Objetivos del Tratado:
  • Eliminar barreras al comercio.
  • Promover condiciones para una competencia justa.
  • Incrementar las oportunidades de inversión.
  • Proporcionar protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual.
  • ¡Establecer procedimientos efectivos para la aplicación del Tratado y la solución de controversias.
  • Fomentar la cooperación trilateral, regional y multilateral.
Los países miembros del TLC lograrán estos objetivos mediante el cumplimiento de los principios y reglas del Tratado, como los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia en los procedimientos.
Cada país ratifica sus respectivos derechos y obligaciones derivados del GATT y de otros convenios internacionales. Para efectos de interpretación en caso de conflicto, se establece que prevalecerán las disposiciones del Tratado sobre las de otros convenios, aunque existen excepciones a esta regla general. Por ejemplo, las disposiciones en materia comercial de algunos convenios ambientales prevalecerán sobre los del TLC, de conformidad con el requisito de minimizar la incompatibilidad de estos convenios con el TLC.
El TLC prevé la eliminación de todos los aranceles sobre los bienes que sean originarios de México, Canadá y EEUU, en el transcurso de un periodo de transición. Para determinar qué bienes son susceptibles de recibir trato arancelario preferente son necesarias reglas de origen.
Las disposiciones sobre reglas de origen contenidas en el Tratado están diseñadas para:
  • Asegurar que las ventajas del TLC se otorguen sólo a bienes producidos en la región de América del Norte y no a bienes que se elaboren total o en su mayor parte en otros países;
  • Establecer reglas claras y obtener resultados previsibles, así como reducir los obstáculos administrativos para los exportadores, importadores y productores que realicen actividades comerciales en el marco del Tratado.
El TLC dispone también que otros países o grupos de países podrán ser admitidos como miembros del Tratado con el consentimiento de los países miembros, de conformidad con los términos y condiciones que éstos establezcan y una vez concluidos los procesos internos de aprobación en cada uno ellos.
Más informacíon: www.nafta-sec-alena.org

 @domingorivas

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